Contrato ESCROW
y apertura de cuenta condicionada
(Operación de Confianza)
De acuerdo a lo establecido en el artículo 41 de la Ley de Bancos y Grupos Financieros, Banco Industrial, S.A. puede figurar como Operador de Confianza, aceptando encargos para la administración y custodia tanto de documentos como de fondos, que garantizan, a empresas como personas individuales, el cumplimiento de determinadas condiciones que ambas partes hayan establecido en el contrato, tales como compraventas, fusiones, adquisición de empresas entre otros.
Al cumplirse las condiciones previamente establecidas, Banco Industrial, S.A, entregará los documentos o fondos en custodia, al beneficiario designado en el contrato y de no cumplirse dichas condiciones, lo devolverá a la empresa o persona individual quien entregó dichos documentos o fondos.
Adicionalmente, el Contrato Escrow se puede utilizar como mecanismo de operación, para recibir flujos de fondos relacionados con contratos de servicios para pago a terceros.
Este contrato es utilizado para:
Compraventa de bien inmueble
Operaciones relacionadas con licencias de construcción
Compraventa de acciones
Conoce las Ventajas y Beneficios
01
Transparencia y seguridad para ambas partes en el manejo de los fondos y/o custodia de documentos.
02
Agilidad en la operación y entrega de fondos
03
Proceso rápido de constitución y de liquidación
04
Los fondos depositados en la cuenta condicionada son inembargables
¿Quienes participan en el contrato?
01
El cliente que solicita el Contrato Escrow
02
El beneficiario, quien recibe los fondos o documentos relacionados con el contrato.
03
Banco Industrial, S.A. o Financiera Industrial, S.A., como Operador de Confianza.