IGSS Recibe tu subsidio por accidente en tu Cuenta Bi

IGSS: Crea una Cuenta Bi y recibe tu subsidio

Si has tenido un accidente y te suspendió el Instituto Guatemalteco de Seguridad Social (IGSS), ahora puedes recibir el pago del subsidio en tu Cuenta Bi.

Estos pagos los podrás visualizar desde Bi en Línea App o ingresando al portal Web.

Abre tu Cuenta Bi ¡fácil y rápido!

No tiene ningún costo, solo necesitas tener a la mano tu DPI y tu celular para descargar Bi en Línea App desde tu tienda de aplicaciones:

App Store — iOS | Google Play — Android | App Gallery — Huawei

¡El proceso es sencillo! Al descargar la aplicación, deberás seleccionar las siguientes opciones:

  • Si no eres Cliente Bi: Abrir Cuenta Bi
  • Si eres Cliente Bi: Quiero adquirir otra Cuenta Bi

Luego deberás seguir los siguientes pasos:

  • Completa tus datos personales
  • Tómate una selfie
  • Ingresa tu DPI
  • Elige el tipo de cuenta que deseas abrir y completa la información solicitada
  • Agrega un beneficiario y listo, ¡así de fácil!

Para recibir la suspensión por accidente del IGSS, debes seguir los siguientes pasos:

  • Llama al 2411-6021 de Banco Industrial
  • Brinda el número de tu pago de subsidio del IGSS, y el número de tu Cuenta Bi (Monetaria o de Ahorro en quetzales)

¡Listo! Si ya tienes autorizado tu subsidio, serán acreditados los fondos en tu Cuenta Bi.

Abre tu nueva Cuenta Bi aquí

Requisitos para recibir el subsidio por accidente

  • Tener vigencia laboral a la fecha del accidente
  • Tener acreditado un mínimo de tres meses o periodos de pago dentro de los seis meses calendario anteriores al mes en que ocurre tu accidente
  • La cantidad de tu salario que paga el IGSS corresponde a dos tercios del salario base diario, según planillas de Seguridad Social. Ten en cuenta que la prestación empieza a partir del segundo día de la suspensión temporal del trabajo.

¿Qué pasa si el accidente ocasionó una incapacidad permanente?

Este tipo de subsidio se llama prestación ulterior y se otorga a las personas que hayan sufrido un accidente y como consecuencia tienen una incapacidad permanente por mutilación, daño físico irreparable o trastorno funcional definitivo.

Las condiciones para recibir la prestación ulterior son:

  • Tener vigencia laboral a la fecha del accidente
  • Tener acreditado un mínimo de tres meses o periodos de pago dentro de los seis meses calendario anteriores al mes en que ocurre el accidente
  • Adicional, el médico tratante debe presentar la documentación correspondiente al Departamento de Medicina Legal y Evaluación de Incapacidades para que se evalúe al afiliado y determinar si existe una incapacidad permanente junto con su porcentaje.
Publicado el 16/10/2024

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